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Vender un piso con un inquilino que no paga

Sí, puedes vender un piso aunque el inquilino no pague: el comprador hereda el contrato y, si así lo pactáis, también la reclamación y el desahucio. Así se vende un piso con un inquilino moroso sin esperar a que se vaya.

Cuéntanos tu caso

Tres preguntas y te llamamos en menos de 24 horas. Sin compromiso y sin nada por adelantado.

Paso 1 de 3
¿Cuál es tu situación?
¿Qué vendes y dónde está?
¿A quién llamamos?

Tu inmueble se mueve entre nuestros inversores, inmobiliarias colaboradoras y una bolsa nacional de agencias (MLS). Te lo explicamos en la llamada, antes de enseñar nada.

Información básica sobre protección de datos
Responsable
Empresalia Solutions S.L.
Finalidad
Llamarte para hablar de la venta de tu inmueble y, si sigues adelante, gestionarla.
Legitimación
Tu consentimiento.
Destinatarios
La inmobiliaria colaboradora que lleve la venta, si lo aceptas. Nadie más, salvo obligación legal.
Derechos
Acceso, rectificación, supresión y los demás que explica la política de privacidad.

  • Especialidad de Francisco García: venta de viviendas con inquilinos morosos
  • No compramos tu piso: lo presentamos a inversores que asumen el impago
  • Precio cerrado, por escrito y sin nada por adelantado

¿Se puede vender un piso si el inquilino no paga?

Sí. El impago no impide vender la vivienda. El contrato sigue y el nuevo propietario se convierte en el casero, con el conflicto incluido. Lo que cambia es a quién se lo vendes y cómo se reparte lo que hay pendiente.

Por Francisco GarcíaActualizado el

Qué hereda el comprador

El contrato de alquiler, en las condiciones que marca la Ley de Arrendamientos Urbanos, y el problema de cobrarle a partir de la compra: las rentas que vencen desde que se perfecciona la compraventa (normalmente, la escritura) son del nuevo propietario (artículo 1468 del Código Civil).

Las que te debía de antes se reparten como pactéis en la compraventa. Si se las cedes al comprador, es una cesión de créditos (artículos 1526 y siguientes del Código Civil) y hay que comunicársela al inquilino: si te paga a ti sin saberlo, queda libre de esa deuda (artículo 1527).

Hay que avisarle de la venta igual que a cualquier inquilino; cómo se hace lo explicamos en vender un piso con inquilinos.

¿Y si ya hay un desahucio en marcha?

Se puede vender igual. El procedimiento no se para por la venta. El comprador puede pedir al juzgado ocupar tu lugar y seguir con él, como permite el artículo 17 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

El juzgado oye antes al inquilino y puede negarse si este tiene defensas que solo valen frente a ti; entonces sigues tú en el pleito. Por eso conviene dejar escrito en la compraventa quién se queda con el procedimiento y con sus gastos.

Si además le cedes la deuda con el pleito ya contestado, el inquilino puede liberarse. Le basta pagar al comprador lo que este pagó por ella, más costas e intereses (artículo 1535 del Código Civil). Conviene saberlo antes de fijar el precio.

¿Puede un inquilino que no paga comprar el piso primero?

Puede. El derecho de tanteo y retracto es del inquilino (artículo 25 de la LAU) y la ley no dice que lo pierda por deber rentas. Mientras el juzgado no haya resuelto el contrato, lo prudente es tratarlo como vigente.

Eso supone notificarle la venta con el precio y las condiciones, como a cualquier otro, y esperar sus 30 días naturales (60 en los contratos de renta antigua). Si se salta ese paso, puede quedarse después el piso pagando lo mismo que el comprador: es su derecho de adquisición preferente. Paso a paso, en cómo notificar el tanteo al inquilino.

Si ya hay una sentencia de desahucio, lo miramos con ella delante antes de anunciar nada.

Normativa revisada el 5 de noviembre de 2026 con el BOE y las fuentes jurídicas citadas. El Real Decreto-ley 29/2026 está pendiente de convalidación. Es información general: cada impago es distinto y lo vemos con tu contrato y, si lo hay, con el estado del procedimiento.

Cuánto vale un piso con un inquilino que no paga

Menos que el mismo piso con un inquilino al corriente, y cuánto menos depende de cada caso. Lo que más pesa:

  • La deuda acumulada y si se la cedes o no al comprador.
  • En qué punto está la reclamación: sin empezar, con demanda o con fecha de lanzamiento (el día que fija el juzgado para el desalojo).
  • La renta del contrato frente a la de mercado, para cuando el piso vuelva a dar dinero.
  • El estado de la vivienda, que muchas veces no se puede ver por dentro.
  • La zona, que decide cuántos inversores pujan.

El proceso por impago tiene estas fases (Ley de Enjuiciamiento Civil):

  1. Antes de demandar: requerimiento de pago (normalmente, un burofax) y un intento de negociación, que la ley exige desde abril de 2025.
  2. Demanda de desahucio por falta de pago.
  3. Requerimiento: el juzgado da al inquilino diez días para pagar, irse u oponerse. En el mismo escrito fija la fecha del juicio y la del lanzamiento.
  4. Juicio, solo si se opone.
  5. Lanzamiento: el desalojo, en la fecha fijada, si no paga ni se va.

Si el inquilino está en situación de vulnerabilidad, el juzgado avisa a los servicios sociales y el lanzamiento se puede suspender; el Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación, alarga esas suspensiones. Por eso pesa tanto en qué fase está el tuyo.

No damos porcentajes de descuento porque no sirven: te damos una cifra para tu piso, con el contrato delante.

Quién compra un piso con un inquilino moroso

Inversores que saben gestionar un impago y lo descuentan en el precio, y empresas que compran al contado viviendas con problemas. Para que el descuento no lo ponga uno solo, tu piso lo ven a la vez nuestros inversores e inmobiliarias colaboradoras. También una bolsa nacional de agencias. Más en empresas que compran pisos con inquilinos.

Vender o recuperar el piso: qué te conviene

Si quieres quedarte con la vivienda, lo tuyo no es vender: es recuperarla con un desahucio. De eso se ocupan en inquiokupa.es. Si lo que quieres es dejar de perder dinero cada mes y pasar página, lo tuyo es vender con el inquilino dentro. No esperas a que termine el procedimiento.

Cómo lo hacemos

Lo lleva Francisco García, especializado en vender viviendas con inquilinos morosos.

  1. Nos cuentas el impago

    Cuánto debe, desde cuándo y si ya hay reclamación o demanda.

  2. Valoramos con la deuda dentro

    Lo que puede valer tu piso y, por escrito, el precio de nuestro trabajo.

  3. Lo enseñamos a quien asume el impago

    Inversores, inmobiliarias colaboradoras y la bolsa nacional de agencias.

  4. Firmáis ante notario

    Con la deuda y el procedimiento repartidos por escrito.

Cuánto cuesta

El precio no sube por el impago: es el mismo precio cerrado que en cualquier venta con nosotros.

Vender un piso con inquilinos: cómo funciona

Honorarios

  • Precio cerrado, por escrito, antes de empezar
  • Según el precio de la vivienda
  • Nada por adelantado
  • Si no se vende, no hay honorarios

Cómo se fijan

Preguntas frecuentes

¿Qué puedo hacer con un inquilino que no paga?

Si lo que quieres es dejar de perder dinero cada mes, puedes vender el piso tal como está, con el inquilino y la deuda dentro: es lo que hacemos nosotros. Reclamarle la deuda o recuperar el piso es otro camino, y lo explican en inquiokupa.es.

¿Se puede vender con el desahucio ya empezado?

Sí. La venta no para el procedimiento y el comprador puede pedir al juzgado ocupar tu lugar y seguir con él. Conviene que la compraventa diga quién se queda con el procedimiento y con sus gastos.

¿Cuánto baja el precio por tener un inquilino que no paga?

No hay un porcentaje fijo: depende de lo que deba, de en qué punto esté la reclamación, de la renta y de la zona. Lo valoramos con el contrato y el estado del procedimiento delante, y te decimos una cifra antes de enseñar el piso a nadie.

¿Quién se queda con la deuda que ya me debe?

Lo que pactéis en la compraventa. Las rentas que vencen después de vender son del nuevo propietario; las de antes puedes seguir reclamándolas tú o cedérselas al comprador. Si se las cedes, hay que comunicárselo al inquilino (artículos 1526 y 1527 del Código Civil).

¿Tengo que esperar a que se vaya para vender?

No. Puedes vender con el inquilino dentro, pague o no. Esperar a que se vaya tiene sentido si quieres el piso libre y estás dispuesto a pasar por el desahucio. Si paga y lo que quieres es el piso vacío, mira cuándo se puede recuperar un piso alquilado para vender.

¿Lo hablamos?

Cuéntanos tu caso en tres preguntas y te llamamos. Sin compromiso y sin nada por adelantado.

Empezar

Precio cerrado, por escrito, antes de empezar.